Mediante Decreto Supremo N° 003-2022-MTC de fecha 05.04.2022, se aprobó el Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Autos Colectivos, el mismo que tiene por finalidad regular el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31096, Ley que precisa los alcances de la Ley Nº 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos.
El Reglamento del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Autos Colectivos es de aplicación en todo el territorio nacional y sus disposiciones alcanzan a los transportistas que prestan el servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo, a los conductores de los vehículos con los que se presta dicho servicio, así como al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías, la Policía Nacional del Perú, los gobiernos regionales y las municipalidades provinciales.
Para los efectos del presente Reglamento, quedan excluidas las circunscripciones de Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, de conformidad con lo dispuesto en la Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 31096, Ley que precisa los alcances de la Ley N° 28972, Ley que establece la formalización del transporte terrestre de pasajeros en automóviles colectivos
El Servicio temporal de transporte terrestre de pasajeros en automóvil colectivo: Servicio de transporte terrestre de personas, de carácter temporal, que tiene por objeto el traslado de usuarios desde un punto de origen a uno de destino en un vehículo de la categoría M1 con carrocería sedán o station wagon o M2 de la clasificación vehicular establecida en el RNV y en la Directiva Nº 002-2006-MTC/15 “Clasificación Vehicular y Estandarización de Características Registrables Vehiculares”, aprobada mediante la Resolución Directoral Nº 4848-2006-MTC/15, y sus modificatorias.
El reglamento del del Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Autos Colectivos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 003-2022-MTC, establece que los vehículos destinados para este servicio, son los de categoría M1 de Carrocería Sedan y Station Wagon, asi como los vehículos de categoría M2
Ver REQUISITOS PARA ACCEDER al Servicio Temporal de Transporte Terrestre de Autos Colectivos
 
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