El Ministerio de Transportes y Comunicaciones MTC, estableció que la edad máxima para obtener un brevete profesional será hasta los 80 años.
El artículo 20° del Decreto Supremo Nº 007-2016-MTC - Reglamento Nacional del Sistema de Emisión de Licencias de Conducir, estableció la edad máxima de un conductor de autos, buses o camiones, de categoría profesional, que será hasta los ochenta (80) años en todo el país.
Licencias - Brevetes Profesionales
La edad máxima para ser titular de una licencia de conducir de categoría profesional es de ochenta (80) años. A partir de los setenta (70) años la obtención, recategorización y revalidación de las licencias de conducir profesionales de la clase A, previa evaluación médica y psicológica favorable de una ECSAL se otorgará por períodos menores a los establecidos en el artículo 18º del presente Reglamento, de acuerdo al siguiente detalle:
Licencias - Brevetes NO Profesionales
A partir de los setenta (70) años de edad, la obtención y revalidación de la licencia de conducir de clase A categoría I se otorgará de acuerdo al siguiente detalle:
En ambos casos, al momento de emitirse las licencias de conducir se deberá respetar los límites de edad establecidos en el presente artículo.
 
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