El Ministerio de Transportes y Comunicaciones mediante Decreto Supremo N° 020-2012-MTC, modifica e incorpora disposiciones al reglamento nacional de administración de transporte (RNAT), aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, entre unas de las cuales se establecen las nuevas condiciones específicas de operación que se deben cumplir los vehículos para prestar el servicio de transporte regular de personas, de ámbito nacional, regional y provincial.
Asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2013, mediante Resolución Ministerial se reglamentará la Creación del Sistema Nacional de Registros de Transporte Terrestre - SINARETT.
Se incorporá la infracción al Reglamento Nacional de Administración de Transporte (Código S5) Infracción al reglamento por no contar con los asientos del vehículo fijados rígidmente a la estructura del vehículo.
Extablézcase un nuevo régimen extraordinario para el otorgamiento para el otorgamiento del Certificado de Habilitación Técnica de Infraestructura complementaria de transporte terrestre (Terminal Terrestre / Estación de Ruta).
Lima, 30 de diciembre de 2012.
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