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Lineamientos sectoriales para la prevención de la Covid 19 en el Transporte Terrestre - 2022

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Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01

Mediante la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, se Aprueban los Lineamientos Sectoriales para la Prevención de la COVID-19 en los servicios de transporte terrestre

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) dispuso nuevos lineamientos sectoriales para implementarse en los diferentes servicios de transporte terrestre.

Estas medidas buscan resguardar la vida y salud de las personas que se trasladan en estos servicios. Los nuevos lineamientos deben ser cumplidos por los pasajeros, conductores, cobradores y tripulación de los servicios de transporte interprovincial, provincial, turístico, estudiantes, taxi y mototaxi”, señaló el MTC en un comunicado.

Las nuevas disposiciones están referidas a la vacunación, aforo, elementos de protección personal, limpieza y desinfección; así lo establece la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Entre las principales obligaciones figuran usar una mascarilla KN95 o doble mascarilla y que los conductores, cobradores y tripulación deben haber recibido las tres dosis de vacunación para poder operar.

Asimismo, los pasajeros del transporte interprovincial mayores de 12 años deben haber recibido las 2 dosis de vacunación, y los mayores de 18 años están obligados a haber recibido las 3 dosis de vacunación o en su defecto pueden presentar una prueba molecular negativa.

En los lineamientos también se indica que las ventanas del vehículo deben mantenerse siempre abiertas para que esté ventilado. Además, la unidad debe encontrarse limpio y desinfectado antes de que se realice la prestación del servicio.

Igualmente, la norma indica que está permitido el aforo al 100% del número de asientos del vehículo y que en el transporte provincial ahora también se podrá viajar parado.

La disposición también señala que se debe evitar las aglomeraciones en los puntos de abordaje y llegada de los vehículos, debiéndose mantener el distanciamiento físico de un metro o más entre los usuarios. También se recomienda no quitarse la mascarilla al toser o estornudar.

Anexos - Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01

El artículo 1° de la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, establece los Anexos que forman parte integrante de la resolución.




Ver: la Resolución Ministerial N° 249-2022-MTC/01, que aprueba los Lineamientos Sectoriales para la Prevención de la COVID-19 en los servicios de transporte terrestre

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